¿Qué pasos deben seguirse para jubilarse sin aportes?

A través de la moratoria previsional aquellas personas que no hayan realizado ningún aporte, o no puedan acreditar los 30 años o parte de estos, podrán completar los años requeridos, accediendo a la moratoria.

Por: Dra. Lucía A. Vélez Langou
(Estudio Jurídico Velez y Asoc.)

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Llegar a la edad de adulto mayor lleva directamente a pensar en jubilarse y a preguntarnos ¿podré acceder a una jubilación? ¿Cuáles son los requisitos? La jubilación es el acto por el que un trabajador en actividad, pasa a una situación pasiva o de inactividad laboral, tras haber alcanzado la edad máxima, o por enfermedad crónica grave o incapacidad; obtendrá una prestación monetaria para el resto de su vida.

En Argentina, para que una persona pueda jubilarse es necesario que se cumplan dos requisitos: edad necesaria (65 años para los varones y 60 años para las mujeres) y 30 años de aportes. Como muy pocas personas podían cumplir con ambos requisitos, debido, entre otras causas, a la cantidad de empleo informal, se lanzó una moratoria previsional para aquellas personas que cumpliendo con la edad mínima exigida por la ley puedan llegar a cubrir los años de aportes requeridos por la ley.

A través de la moratoria previsional, aquellas personas que no hayan realizado ningún aporte, o no puedan acreditar los 30 años o parte de estos, podrán completar los años requeridos, accediendo a la moratoria. Si una persona se jubila por esta vía, se le aplicarán 2 descuentos en la jubilación: el pago de la obra social (que se realiza a todas las jubilaciones) y la moratoria, se le descuenta la cuota mensual de la moratoria previsional por un plazo de 60 meses.

¿Cómo acceder?

La persona que desee acceder a este tipo de jubilación no debe estar cobrando ninguna jubilación (nacional o provincial), plan social o pensión no contributiva. En caso de estar percibiendo otro beneficio, deberá renunciar a estos para acceder a la jubilación sin aportes. Se debe tener en cuenta los casos de personas que cuenten con pensión por viudez, para obtener su jubilación deberán abonar la moratoria de contado, sin poder acceder al plan de pagos.

Para aprobar este otorgamiento, el ente realizará una evaluación socioeconómica y un control con los sistemas de AFIP, y luego ya estará en condiciones de acceder a la
moratoria. Cabe destacar que está próxima a salir otra moratoria para aquellas personas que no pudieron ingresar anteriormente.

Más información: Cel. 3512440783 -draluciavelez@gmail.com